Lo son aquéllas en las que:

  • Se utiliza el cuerpo de la mujer como mero reclamo con una clara connotación sexual y sin que exista una relación directa con el producto o servicio publicitado.
  • Se ofrece una imagen despectiva, vejatoria o denigratoria de las mujeres.
  • Se asocia a la mujer en exclusiva con determinadas actividades, productos, etc. pretendidamente “femeninos”, aunque puedan ser realizadas, consumidos o utilizados por ambos sexos (discriminación directa).
  • Se excluye a la mujer en relación a determinadas actividades, productos, etc. pretendidamente “masculinos”, aunque pueden ser realizadas, consumidos o utilizados por ambos sexos (discriminación indirecta).
  • Se presenta a las mujeres en situación de inferioridad y dependencia, considerando además esa situación como algo natural.
  • Se busca ejercer una presión sobre las mujeres para que se sometan a determinados estándares físicos.
  • Cuando se utiliza un lenguaje sexista y discriminatorio.
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