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DIEGO PÉREZ (James Lover)

Resolución favorable del Jurado de Autocontrol, de 19 de febrero de 2021, referido al influencer DIEGO PÉREZ (James Lover), a raíz de una reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) contra una publicidad de apuestas deportivas difundida a través de stories en el canal de Instagram de este Influencer. La resolución considera que la comunicación comercial llevada a cabo por el influencer en cuestión a través de sus publicaciones no resulta reconocible como tal y que, la mera aparición del influencer, unida a la prescripción realizada de la actividad de las apuestas deportivas, sería contraria al Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego

DIEGO PÉREZ (James Lover)2021-04-07T10:53:46+01:00

PAULA GARCÍA MACÍA (Paulagarciamaciaa)

Dictamen no vinculante del Jurado de Autocontrol, de 19 de febrero de 2021, referido a la influencer PAULA GARCÍA MACÍA (Paulagarciamaciaa), a raíz de una reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) contra una publicidad de apuestas deportivas difundida a través de stories en el canal de Instagram de esta Influencer. El Dictamen considera que de la comunicación comercial llevada a cabo por la influencer en cuestión a través de sus publicaciones no resulta reconocible como tal y que, la mera aparición de la influencer, unida a la prescripción realizada de la actividad de las apuestas deportivas, sería contraria al Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego

PAULA GARCÍA MACÍA (Paulagarciamaciaa)2021-04-07T10:51:38+01:00

MARINA YERS (Marinayers)

Dictamen no vinculante del Jurado de Autocontrol, de 19 de febrero de 2021, referido a la influencer MARINA YERS (Marinayers), a raíz de una reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) contra una publicidad de apuestas deportivas difundida a través de stories en el canal de Instagram de esta Influencer. El Dictamen considera que de la comunicación comercial llevada a cabo por la influencer en cuestión a través de sus publicaciones no resulta reconocible como tal y que, la mera aparición de la influencer, unida a la prescripción realizada de la actividad de las apuestas deportivas, sería contraria al Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego

MARINA YERS (Marinayers)2021-04-07T10:54:57+01:00

JESÚS SÁNCHEZ SEDA (Jesuseda)

Dictamen no vinculante del Jurado de Autocontrol, de 19 de febrero de 2021, referido al influencer JESÚS SÁNCHEZ SEDA (Jesuseda), a raíz de una reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) contra una publicidad de apuestas deportivas difundida a través de stories en el canal de Instagram de este Influencer. El Dictamen considera que de la comunicación comercial llevada a cabo por el influencer en cuestión a través de sus publicaciones no resulta reconocible como tal y que, la mera aparición del influencer, unida a la prescripción realizada de la actividad de las apuestas deportivas, sería contraria al Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego

JESÚS SÁNCHEZ SEDA (Jesuseda)2021-04-07T10:48:40+01:00

GENISSA GONZÁLEZ (Ggpica)

Dictamen no vinculante del Jurado de Autocontrol, de 19 de febrero de 2021, referido a la influencer GENISSA GONZÁLEZ (Ggpica), a raíz de una reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) contra una publicidad de apuestas deportivas difundida a través de stories en el canal de Instagram de esta Influencer. El Dictamen considera que de la comunicación comercial llevada a cabo por la influencer en cuestión a través de sus publicaciones no resulta reconocible como tal y que, la mera aparición de la influencer, unida a la prescripción realizada de la actividad de las apuestas deportivas, sería contraria al Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego

GENISSA GONZÁLEZ (Ggpica)2021-04-07T10:47:14+01:00

BESTANALISTAS, C.B.

Dictamen no vinculante del Jurado de Autocontrol, de 19 de febrero de 2021, referido a la empresa BESTANALISTAS, C.B, a raíz de una reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) contra una publicidad de apuestas deportivas difundida a través de stories en los canales de Instagram de varios Influencers. El Dictamen considera que de las publicaciones no se desprende de forma clara e inequívoca su carácter publicitario y no se incluye ninguna etiqueta o advertencia sobre la naturaleza promocional de las mismas y que, la mera aparición de los influencers, unida a la prescripción realizada de la actividad de las apuestas deportivas, sería contraria al Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego.

BESTANALISTAS, C.B.2021-04-07T10:44:27+01:00

WESTAPUESTAS, S.L

Dictamen no vinculante del Jurado de Autocontrol, de 19 de febrero de 2021, referido a la empresa WESTAPUESTAS, S.L., a raíz de una reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) contra una publicidad de apuestas deportivas difundida a través de stories en los canales de Instagram de varios Influencers. El Dictamen considera que de las publicaciones no se desprende de forma clara e inequívoca su carácter publicitario y no se incluye ninguna etiqueta o advertencia sobre la naturaleza promocional de las mismas y que, la mera aparición de los influencers, unida a la prescripción realizada de la actividad de las apuestas deportivas, sería contraria al Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades de juego.

WESTAPUESTAS, S.L2021-04-07T10:44:58+01:00