Resultados estudios
Resultados de estudios en el ámbito de la publicidad y la mujer. [...]
Resultados de estudios en el ámbito de la publicidad y la mujer. [...]
La publicidad sexista puede adoptar diferentes formas: tratamiento vejatorio o denigratorio de la mujer; utilización de su imagen como reclamo; consolidación de estereotipos de género que consolidan o promueven la desigualdad entre hombres y mujeres. Este informe recoge las conclusiones de un análisis basado en más de 1.000 anuncios de diferentes sectores de oferta, que pone de relieve la persistencia del machismo en la publicidad.
Sentencia del Juzgado Nº 4 de Ciudad Real declarando ilícita por sexista la publicidad de TRANSPORTES BENAVENT en la que se rotula y presenta de forma muy destacada a una mujer desnuda en las cabinas de las cabezas tractoras de los camiones que componen e integran su flota.
Dictamen de Autocontrol, de 19 de octubre de 2019, emitido a raíz de una reclamación presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra las imágenes gráficas de mujeres que aparecen en sus camiones y en la página web de la empresa Platzer Austria España, S.L. Se considera que la publicidad reclamada presenta el cuerpo de la mujer como mero objeto directamente encaminado a atraer la atención y sin vinculación entre las imágenes y el servicio que se pretende promocionar.
Los anuncios de contactos sexuales en la vía pública tienen la consideración legal de comunicación comercial. En este informe se analiza la normativa de aplicación, se proponen posibles cambios para su más adecuada regulación y se concretan las vías de actuación posible contra la publicidad sexista.
Se trata de comunicaciones comerciales ilícitas por engañosas que incumplen tanto la legislación general publicitaria como la normativa audiovisual, y cuya difusión no debería permitirse. No obstante, se ha dado carta de naturaleza a estos contenidos tanto en la normativa audiovisual como en la regulación específica de servicios de tarificación adicional, por lo que parece de interés explicar brevemente cuál es ese marco legal.
Los llamados “anuncios de contactos” de carácter sexual suponen un tipo de publicidad muy consolidado en la prensa diaria española, encuadrándose no sólo en el ámbito de la publicidad, sino también en el de la prostitución. Aunque, no se trata de un fenómeno puramente español, en la mayoría de países europeos existen importantes restricciones a este tipo de publicidad, de modo que no suele aparecer en los diarios de prestigio o de referencia, o si lo hacen es de una forma mucho más discreta que en nuestro país.
La lucha contra la publicidad machista y sus diferentes tipologías requiere una amplia movilización social que haga patente el rechazo ante los contenidos que discriminan, denigran y vejan a las mujeres. Y que asuma también que la construcción de estereotipos en los medios de comunicación y en los mensajes comerciales no puede separarse del fenómeno de la llamada “violencia de género”.
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