La Directiva sobre Alegaciones Ecológicas (green claims), que el Parlamento y el Consejo Europeo tenían prácticamente ultimada en 2025, buscaba combatir las declaraciones ecológicas engañosas, facilitando a los consumidores decisiones verdaderamente sostenibles al adquirir productos o servicios, así como establecer que las empresas deberían respaldar científicamente afirmaciones como “biodegradable” o “contenido bio” antes de difundirlas. Además, estas alegaciones debían ser claras, con referencias específicas a características como durabilidad o reciclabilidad (*) .
La propuesta, presentada en septiembre de 2023, formaba parte, como las anterior, del paquete legislativo del Pacto Verde Europeo y tenía como objetivo garantizar que las alegaciones medioambientales que aparecen en productos y servicios fueran verificables, claras y no engañosas, contribuyendo a una mayor transparencia para los consumidores.
La propuesta de Directiva contemplaba obligar a las empresas a probar sus afirmaciones ecológicas antes de anunciar productos como «biodegradables», «menos contaminantes», «que utilizan menos agua» o que tienen «contenido bio».
Correspondía a los Estados miembros designar verificadores para preaprobar el uso de estos reclamos y proteger así a los compradores de la publicidad engañosa y ambigua.
El planteamiento hecho público por el Parlamento Europeo planteaba que las alegaciones, junto a las evidencias que las sustenten, fueran examinadas en el plazo de treinta días. Los reclamos publicitarios y productos más sencillos podrían beneficiarse de una verificación más rápida y simple. Las empresas incumplidoras podrían quedar temporalmente excluidas de licitaciones de contratación pública, perder sus ingresos y afrontar multas de al menos el 4% de sus ingresos anuales.
Quedaba prohibida la publicidad basada en exclusiva en programas de compensación de las emisiones de carbono. Aun así, las empresas podrían mencionar sus programas de compensación y eliminación de emisiones de carbono en su publicidad si ya habían reducido sus emisiones tanto como les era posible y utilizar estos programas únicamente para las emisiones residuales. Los programas relacionados con los créditos de carbono debían estar certificados y ser de gran integridad, como aquellos establecidos en el marco de la UE de certificación para absorciones de carbono.
Los Estados miembros debían fijar procedimientos para garantizar la verificación con anterioridad a la justificación y la comunicación de las alegaciones, con arreglo a los requisitos establecidos en la Directiva, por parte de un verificador que expida un certificado de conformidad que acredite que la declaración o la etiqueta cumple los requisitos. Esa verificación de las alegaciones medioambientales y de los sistemas de etiquetado debería completarse en un plazo de 30 días.
La Comisión Europea decidió en junio de 2025 retirar la Directiva sobre Alegaciones Ecológicas, tras el bloqueo en el proceso legislativo. Esta decisión fue motivada por su carácter “excesivamente complejo, costoso y burocrático” de la propuesta.
La retirada de esta propuesta de directiva afecta a la política verde y sostenible de la UE, así como a la protección de las personas consumidoras y usuarias, Y se suma a otros movimientos recientes del Ejecutivo comunitario que han sido interpretados como un giro hacia la flexibilización en materia medioambiental; Entre ellos, la relajación de los objetivos de emisiones de CO₂ para vehículos, el aplazamiento de la normativa sobre deforestación importada y el ajuste del mecanismo de ajuste de carbono en frontera.
* eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52023PC0166
