EL DERECHO DE ACCESO COMO HERRAMIENTA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA: EL CASO DE RTVE
Con la aprobación de la Ley 17/2006, de 5 de Junio, de la Radio y la Televisión de Titularidad Estatal, el derecho de acceso adquiere una mayor sustantividad y concreción. Así, en su exposición de motivos, se señala que “La actividad de los medios de comunicación de titularidad pública ha de regirse por un criterio de servicio público, lo que delimita su organización y financiación, los controles a los que quedan sujetos, así como los contenidos de sus emisiones y las garantías del derecho de acceso”. Ese derecho de acceso de los grupos sociales y políticos representativos debe quedar, pues, garantizado (artículo 2.1) con el fin de “promover la participación democrática” mediante su ejercicio (artículo 3.2.d).